domingo, 2 de junio de 2013

SNU de especial protección en Coín (II)

Suelo No Urbanizable de especial protección en Coín (II)

Legislación sectorial específica. Planificación territorial o urbanística.


Para vías pecuarias deslindadas, la legislación específica que regula el Suelo No Urbanizable de especial protección es la siguiente:
  • Ley del patrimonio natural y de la biodiversidad
  • Ley de vías pecuarias
  • Ley de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres
  • Reglamento de vías pecuarias de Andalucía.

BIC o catalogación general en Suelo No Urbanizable

Para suelos calificados como BIC o sujetos a catalogación general, la legislación específica que regula el SNU de especial protección es la Ley del patrimonio histórico de Andalucía.

Dominio público hidráulico

Para suelos incluidos en el dominio público hidráulico, la legislación específica que regula el SNU de especial protección es la siguiente:
  • Ley de aguas
  • Reglamento del dominio público hidráulico
  • Ley del plan hidrológico nacional
  • Ley de competencias de la Comunidad autónoma de Andalucía en materia de aguas
  • Ley de gestión integrada de la calidad ambiental.

Infraestructuras de comunicaciones

Para suelos destinados a infraestructuras de comunicaciones, la legislación específica que regula el SNU de especial protección es la siguiente:
  • Ley de carreteras del Estado
  • Reglamento general de carreteras
  • Ley de carreteras de Andalucía.

Montes públicos

Para suelos ubicados en montes públicos, la legislación específica que regula el SNU de especial protección es la Ley forestal.

SNU de especial protección por planificación territorial o urbanística

En Coín, el Suelo No Urbanizable de especial protección por planificación territorial o urbanística es el constituido por:
  • los terrenos de las zonas de SNUEP, establecidas en las normas urbanísticas del PGOU vigente
  • los terrenos de las zonas afectadas por el POTAUM.

Arquitecto











Daniel Trujillano, arquitecto

jueves, 30 de mayo de 2013

La Licencia de urbanización en Andalucía

Licencias de urbanización en Andalucía

Actos sujetos. El Proyecto ordinario de obras de urbanización.


Entre los tipos de licencia urbanística que define el vigente Reglamento de disciplina urbanística de la Comunidad autónoma de Andalucía se encuentran las Licencias de urbanización. El reglamento define las Licencias de urbanización como aquellas cuya finalidad es comprobar que las actuaciones de transformación del suelo se ajustan a la legislación urbanística y a los instrumentos de planeamiento aplicables.

Actos sujetos a Licencia de urbanización

De acuerdo con el Reglamento de disciplina urbanística, los actos de construcción, instalación y uso del suelo que deban realizarse al margen de Proyectos de urbanización debidamente aprobados están sujetos a previa licencia urbanística municipal. Entre dichos actos cita expresamente los siguientes:
  • obras de vialidad
  • obras de infraestructura y servicios.

El Reglamento también especifica que no serán objeto de licencia de urbanización las siguientes obras:
  • las obras comprendidas en Proyectos de urbanización previamente aprobados
  • las obras complementarias a la edificación y contenidas en un Proyecto de edificación.

El Proyecto ordinario de obras de urbanización

Las obras comprendidas en Proyectos de urbanización no requieren licencia, pero eso no quiere decir que las Licencias de urbanización se refieran a obras ejecutadas sin proyecto. Las obras de urbanización que deban ejecutarse al margen de un Proyecto de Urbanización pueden definirse mediante un Proyecto ordinario de obras de urbanización. Los Proyectos ordinarios de obras de urbanización se refieren a servicios o infraestructuras concretas correspondientes a alguno de los siguientes casos:
  • suelos de dominio público parcialmente consolidados por la urbanización
  • ámbito interior de un solar, cuando la urbanización no se incorpore como obra complementaria de la edificación.

Ambos casos están sujetos a la obligación de obtener licencia.
Proyecto de urbanización














Daniel Trujillano, arquitecto

miércoles, 29 de mayo de 2013

Los Proyectos de urbanización y de obras civiles (II)

El Proyecto de urbanización o de obras civiles (II)

Documentación de las fases


La documentación que compone los Proyectos de Urbanización y de obras civiles se estructura según las fases en las que se subdivide el servicio profesional.

Anteproyecto

El Anteproyecto de un Proyecto de Urbanización o de obras civiles se compone de los siguientes documentos:
  • memoria justificativa de las soluciones de tipo general adoptadas
  • planos de plantas y esquemas de instalaciones, a escala
  • avance de presupuesto, con estimación global.

Proyecto de ejecución

La documentación que compone el Proyecto de ejecución correspondiente a un Proyecto de Urbanización o de obras civiles se estructura según los siguientes apartados:
  • memoria descriptiva
  • proyectos específicos.

La Memoria descriptiva se compone de los siguientes documentos:
  • memoria general
  • anejos
  • Pliego de condiciones
  • resumen del presupuesto general.

Además, cada Proyecto de urbanización o de obras civiles puede contener uno o más Proyectos específicos, los cuales deben contener la siguiente documentación:
  • memoria descriptiva
  • anejos, que contendrán características y cálculos
  • planos de plantas, alzados, perfiles, secciones, etc.
  • Pliego de condiciones
  • Presupuesto, que contendrá las mediciones, los cuadros de precios, presupuestos parciales y el presupuesto general.

Dirección de obras

La documentación que corresponde a la Dirección de obras la componen las órdenes de obra, que serán gráficas y escritas.

Liquidación y recepción

Corresponden a la fase de Liquidación y recepción los siguientes documentos:
  • Estado económico final de la obra
  • Acta de recepción provisional, o plazo de garantía, en su caso.
Proyectos de urbanización














Daniel Trujillano, arquitecto

martes, 28 de mayo de 2013

Los Proyectos de urbanización y de obras civiles (I)

El Proyecto de urbanización o de obras civiles (I)

Modalidades y fases


Los Proyectos de urbanización y los de obras civiles pueden encuadrarse en las siguientes modalidades:
  • de nueva planta
  • de ampliación
  • de reforma
  • de reparación.

Fases del trabajo

En los Proyectos de urbanización y en los de obras civiles, el desarrollo del trabajo profesional del arquitecto se estructura en fases, cada una de las cuales comprende las anteriores y significa un mayor grado de definición y concreción del trabajo. Las fases son las siguientes:
  • Anteproyecto: en esta fase se expone los aspectos y características generales del Proyecto, tanto funcionales como formales, constructivos y económicos, al objeto de proporcionar una primera imagen global de las obras a ejecutar y establecer un avance del presupuesto
  • Proyecto de ejecución: en esta fase se define de modo preciso las características generales del proyecto, mediante la determinación de la situación, las condiciones, las especificaciones y los detalles para cada unidad de obra, incluyendo descomposiciones de precios y presupuestos de ejecución material
  • Dirección de obras: en esta fase, el Arquitecto lleva a cabo la coordinación del equipo técnico facultativo de las obras, la interpretación técnica y económica del proyecto y la adopción de cuantas medidas resulten necesarias para llevar a término el desarrollo del mismo, estableciendo adaptaciones, detalles complementarios y tolerancias a fin de que la obra pueda alcanzar su realización total conforme al Proyecto de ejecución
  • Liquidación y recepción: en esta fase se efectúa la determinación del estado económico final de la obra, mediante la aplicación de los precios que rijan en ella al estado real de las mediciones de las partidas que la componen, y también se recibe la obra en nombre del cliente, con arreglo a los documentos y especificaciones contenidos en el Proyecto de ejecución y en los documentos incorporados al mismo durante el desarrollo de los trabajos.

El contenido reglamentario del Proyecto de ejecución es suficiente para obtener el visado colegial y las preceptivas autorizaciones administrativas que resulten necesarias para iniciar las obras.
PROYECTO DE URBANIZACION














Daniel Trujillano, arquitecto