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martes, 21 de junio de 2022

Proyectos de actuación autonómicos

 

Página web de la LISTA

El Proyecto de actuación autonómico

Determinaciones y justificaciones

En diciembre de 2021 entró en vigor la Ley 7/2021, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía. Dicha ley incorporaba el Proyecto de actuación autonómico como instrumento de ejecución de las actuaciones previstas en los planes territoriales. Los proyectos de actuación son ahora instrumentos de ordenación territorial destinados a desarrollar actuaciones declaradas de interés autonómico que no estén previstas en el planeamiento territorial. La necesidad de Proyecto de actuación autonómico surge cuando una Declaración de interés autonómico se otorga a actuaciones que precisan el desarrollo urbanístico del ámbito de implantación de cualquier tipo de uso.

Determinaciones en los Proyectos de actuación

Si las actuaciones, de carácter público o privado, requieren desarrollo urbanístico mediante Proyecto de actuación, las determinaciones de la Declaración de interés autonómico no podrán aplicarse directamente. Será el Proyecto de actuación el instrumento que incorpore las determinaciones de ordenación y gestión que requiera su ejecución, que serán las que se atribuyan a los instrumentos de ordenación urbanística que requiera la actuación urbanizadora. Las determinaciones contenidas en los proyectos de actuación pueden ser vinculantes para los municipios. La ley permite la formalización de convenios con los municipios afectados y la constitución de órganos de gestión, para establecer los términos de la ejecución y gestionar el desarrollo.

Aprobación de proyectos de actuación

Los Proyectos de actuación autonómicos deben recibir la aprobación de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio, al igual que toda la documentación necesaria para desarrollarlos. La aprobación requiere que el proyecto se someta a información pública durante un mes, durante el cual deben pronunciarse todas las entidades encargadas de gestionar los intereses públicos afectados. Además, se debe otorgar audiencia a los ayuntamientos y administraciones de los términos municipales afectados durante dos meses, como mínimo. Los Proyectos de actuación aprobados tienen vigencia indefinida, aunque pueden modificarse. Las modificaciones también deben ser sometidas a trámite de información pública y audiencia. La modificación de Proyectos de actuación puede iniciarse de oficio o por instancia de parte, y su formulación y aprobación corresponde al titular de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio.

Justificaciones en los proyectos de actuación

Cada Proyecto de actuación autonómico debe contener las justificaciones siguientes:
  • ubicación y delimitación de la intervención
  • incidencia territorial
  • incidencia ambiental
  • grado de integración con la ordenación vigente aplicable
  • funcionamiento de las obras e instalaciones que se proyectan
  • distinción entre espacios según su titularidad (pública o privada).
La ejecución de un Proyecto de actuación autonómico puede incluir la delimitación de unidades de ejecución, con asignación de un sistema de actuación para cada una de ellas. 

martes, 5 de octubre de 2021

Nueva ordenanza sobre prestación compensatoria en Gaucín

 

Web del Ayuntamiento de Gaucín
Captura del sitio web del Ayuntamiento de Gaucín

Nueva ordenanza sobre prestación compensatoria en SNU en Gaucín

Objeto y obligación. Documentación y devengo.

En marzo de 2015 se publicó la Ordenanza nº 28, reguladora de la prestación compensatoria por el uso y aprovechamiento de carácter excepcional del suelo no urbanizable en el municipio de Gaucín. Dicha ordenanza derogaba todas las normas de igual o inferior rango que se opusieran a lo establecido en ella.

Objeto y obligación

La prestación compensatoria grava las construcciones e instalaciones que se ejecutan en Suelo No Urbanizable cuando no existe vinculación directa con la explotación agrícola, forestal o ganadera de dicho suelo. El propósito de dichas construcciones e instalaciones puede ser:

  • la implantación de infraestructuras, dotaciones o equipamientos
  • las edificaciones destinadas a uso industrial, turístico o terciario, ejecutadas al amparo de un Proyecto de actuación o de un Plan especial aprobado.

Los promotores de esas actuaciones quedan obligados a pagar la prestación compensatoria, con las excepciones siguientes:

  • las administraciones públicas que actúen mediante gestión directa
  • los promotores de viviendas unifamiliares aisladas vinculadas a uso agrícola, forestal o ganadero, ejecutadas al amparo de un Proyecto de actuación

Documentación

Junto con la solicitud de licencia de obras hay que presentar el proyecto técnico visado, impreso y grabado en soporte informático. Una vez certificada la terminación de las obras, la solicitud de Licencia de ocupación o utilización debe presentarse acompañada de un presupuesto actualizado de la inversión.

Devengo de la prestación

El devengo de la prestación compensatoria se produce cuando se otorga la Licencia de obras. Una vez liquidada, no podrá ser objeto de devolución, en el caso de que el promotor acabe desistiendo de la ejecución del Proyecto de actuación o del Plan especial.